Solicitud de autorizacion de exportacion y verification de armas de fuego, municiones u otros materiales controlados
3 March, 2021 by
Solicitud de autorizacion de exportacion y verification de armas de fuego, municiones u otros materiales controlados
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REQUISITOS

  • Nota en papel membrete de la empresa exportadora, debidamente intervenida por el representante legal cuya firma deberá encontrarse certificada, consignando razón social y domicilio de la firma importadora (Disp. 36/16).
  • Cada solicitud admite consignar sólo un país de destino y una firma importadora.
  • Autorización de importación o su equivalente, emitida por la autoridad competente del país de destino final (deberá incorporarse legalizada y contar con la intervención consular que correspondiere). De encontrarse redactada en idioma extranjero, deberá agregarse la traducción del documento efectuada por traductor público nacional y legalizada por el correspondiente Colegio de Traductores Públicos.
  • Minutas de Formulario Ley tipo 22 (original y duplicado) intervenidos por el representante legal cuya firma deberá encontrarse certificada y minutas de Formularios Ley tipo 16 (original y duplicado), cuando la cantidad de material exceda los ítems establecidos en el primer formulario, declarando: cantidad, tipo de material, marca, modelo, calibre o nivel de resistencia balística y Norma MA.01-A1 o MA.02, según corresponda.
  • Las autorizaciones de exportación deberán ser efectivizadas en un único acto. Cumplido, la autorización caducará de manera automática.
  • El rubro exportador correspondiente a la inscripción como Usuario Comercial, deberá estar vigente al momento del acto de verificación.
  • El material a exportar deberá encontrarse registrado en el Nomenclador Técnico Oficial.
  • La verificación de los materiales deberá acordarse con la Coordinación de Inspecciones y la Autoridad Local de Fiscalización que corresponda (Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeronáutica, etc.), conforme lo establece el artículo 30 del Anexo I al Decreto 395/75.
  • En el acto de verificación, se deberá presentar el permiso de embarque (SISTEMA INFORMÁTICO MARIA) y el packing list, con detalle de: cantidad, tipo de material, marca, modelo, calibre o nivel de resistencia balística y números de serie.
  • Abonar el arancel correspondiente.
  • La certificación de firmas y copias, deberán efectuarse conforme lo establecido en la Disposición 058/04.

NOTA: Como requisito previo, la firma solicitante deberá encontrarse inscripta como Usuario Comercial en los rubros correspondientes.

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